29 de octubre de 2016

Un proyecto con mala leche

De acuerdo con información del Ministerio de Agricultura y Riego, debido al sistema de franja de precios, en la segunda quincena de setiembre de 2016, las importaciones de leche pagaron un derecho específico de US$ 458 por tonelada, lo que equivale a un arancel del 51.3%. No obstante, hace unos días ha tenido eco en nuestro Congreso la solicitud de un sector de la industria de lácteos para obtener un mayor nivel de protección, a costa del bolsillo de la población y de incumplir con la legislación peruana e internacional.

El congresista Elard Melgar, de la bancada de Fuerza Popular, ha presentado el proyecto de ley N.° 434-2016/CR, por el cual pretende restituir la Décimo Quinta Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N.° 653, que establecía que la libre importación de leche en polvo, grasa anhidra y demás insumos lácteos quedaba supeditada a que estos productos no pudieran emplearse en los procesos de reconstitución y recombinación para la elaboración de leches en estado líquido, quesos, mantequilla y productos similares de consumo humano directo. En otras palabras, esta disposición restringió la libre elección de los productores de estos bienes, obligándolos a usar el insumo nacional, independientemente de la capacidad de abastecimiento, precio y calidad del mismo; vale decir, una política mercantilista. Así, al prohibir la competencia mediante una ley, difícilmente la industria de lácteos tendría incentivos para mejorar.

Este tipo de medidas no solo perjudican al ciudadano de a pie, en especial a aquellos de bajos recursos, quienes tendrían acceso a una menor variedad de productos y, muy probablemente, a precios menos competitivos; sino que, además, constituye una flagrante violación a las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC), específicamente al Acuerdo sobre las Medidas en Materia de Inversión Relacionadas con el Comercio (Acuerdo MIC), que establece que ningún país miembro puede exigir que una empresa adquiera o use productos de origen nacional o de fuentes nacionales (prescripciones en materia de contenido nacional), por considerar que es una medida discriminatoria y que genera desviación del comercio.

Así, en el marco de la implementación del acuerdo de promoción comercial entre Perú y EE.UU., se dictaron una serie de normas para adecuar nuestra legislación a los lineamientos de la OMC, entre las que se dispuso derogar la medida en cuestión 1.

Más aún, en el capítulo sobre inversión del propio acuerdo con EE.UU., así como en los suscritos con los demás países, se recoge esta obligación prevista en el Acuerdo MIC. Al proponer la restitución de la mencionada medida, el congresista Melgar no solo perjudicaría a una gran parte de la población peruana, sino que además generaría un incumplimiento de los compromisos asumidos por nuestro país ante la OMC y en los acuerdos comerciales internacionales, incluyendo el aún no vigente Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP, por sus siglas en inglés). Esto generaría el inicio de procesos de solución de controversias ante estas instancias internacionales.

IMPORTACIONES NO ES SINÓNIMO DE COMPETENCIA “DESLEAL”
Como si lo anterior no bastara, el proyecto del congresista Melgar se encuentra plagado de afirmaciones sin ningún sustento técnico, o pruebas que las respalden, así como de una serie de contradicciones. Por ejemplo, en la exposición de motivos se aduce que al dejar sin efecto esta medida del Decreto Legislativo N.° 653 se afectó el libre mercado, pero reconoce también que el mismo estaba dirigido a la “protección” de ciertas industrias nacionales, como la lechera y la ganadera.

Asimismo, según el proyecto, un incremento de las importaciones per se sería fuente de distorsiones y de competencia desleal. No obstante, la preferencia del consumidor o productor por productos importados obedece a una serie de factores como calidad o precios más competitivos ¿Acaso las exportaciones agrícolas peruanas, que están en constante ascenso, son competencia desleal en sus mercados de destino? Recordemos que nuestras exportaciones representan importaciones para otro país, y sí, generan competencia para la producción local de dicho país, pero no desleal. Detrás de ellas hay estructuras de costos más competitivas, inversiones y esfuerzo.

Igualmente, se aducen prácticas de subvenciones en las importaciones de leche, por lo que resultaría conveniente que, cuando se tengan las pruebas contundentes que respalden dichas afirmaciones, se acuda al Indecopi, instancia en la que se activan las medidas de defensa comercial que otorga la ley.

El verdadero problema de la industria de lácteos es la falta de manejo de economías de escala de los pequeños productores y una productividad que se ubica lejos de niveles competitivos, tal como el propio proyecto reconoce. Sin embargo, el remedio que propone, el facilista, resulta peor que la enfermedad.

1 También fueron derogadas otras normas que disponían prescripciones en materia de contenido nacional, como algunas incluidas en la Ley N.º 27037, Ley de promoción de la inversión privada en la Amazonía, y en la Ley N.º 27360, Ley de promoción de la inversión privada en el sector agrario.

Fuente: Semanario Comexperu 867
29 Octubre 2016

Nota importante: A esto debemos añadir que Gloria, como el mas grande productor de leche esta vendiendo la caja aséptica de leche entera de 946 ml, en S/. 4.90, precio que es bastante alto para el medio y el cual esta apoyado por su posición casi monopólica del mercado.

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