Así se desprende del proyecto de ley que reformará la actual Ley del Medicamento aprobado por el Consejo de Ministros la pasada semana, al que ha tenido acceso Ep, que ya ha sido remitido al Congreso para iniciar su tramitación parlamentaria.
El Real Decreto Ley presentado hace un año por la ministra del ramo Ana Mato para tratar de garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS) incluía la posibilidad de que las compañías farmacéuticas ajustarán los envases de sus medicamentos a la duración de los tratamientos y se crearan formatos monodosis, a fin de fomentar un uso racional del medicamento y evitar que los ciudadanos acumularan fármacos sobrantes en sus domicilios.
Esta misma semana Mato anunció que a finales de mayo o en junio estarán en las farmacias los primeros antibióticos con envases ajustados a la duración de los tratamientos, para que "el paciente utilice la caja y ya no tenga que comprar otra más". Aunque esta iniciativa empezará con algunos grupos de antibióticos, la ministra avanzó que progresivamente se irán incorporando más fármacos. Y para facilitar esta adecuación, la reforma de la Ley del Medicamento incluye una reducción del 95 por ciento en las tasas de autorización de comercialización de interés por parte de la Administración a la que se podrían acoger los laboratorios fabricantes, "para hacer frente al esfuerzo extra que esto supone", según apunta el Ministerio.
Excepciones
El proyecto también destaca excepciones en el pago de tasas para la fabricación de medicamentos sin interés comercial pero de interés sanitario, y para las actividades relativas a medicamentos de terapia avanzada cuando vayan a ser realizadas por entidades públicas integradas en el SNS, y "siempre que no estén destinadas a la comercialización".
En cuanto a las variaciones de las autorizaciones de comercialización de medicamentos (dosis, vías de administración, etc.) se garantiza que todas, con independencia de si el procedimiento de autorización es nacional o europeo, van a estar sujetas a los mismos criterios de solicitud, evaluación y autorización.
En materia de sanciones, por motivos de salud y seguridad, se extiende a los productos sanitarios, los cosméticos y los productos de cuidado personal, las distintas previsiones que la Ley ya recoge para los medicamentos. De este modo, se adoptan las garantías de defensa de la salud pública y las medidas cautelares y, a su vez, se prohíbe la venta a domicilio y cualquier tipo de venta indirecta al público de productos sanitarios, así como su publicidad, cuando las Administraciones sanitarias lo consideren procedente por razones de salud pública o seguridad de las personas.
ABC - España
01 Mayo 2013
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